Restaurant workers can now deliver food with less red tape and insurance delays

Friday, March 27, 2020

DENVER - The Colorado Division of Insurance (DOI), part of the Department of Regulatory Agencies (DORA), is taking action to protect Colorado insurance consumers and reduce insurance delays for restaurants and workers during the COVID-19 public health emergency.  

 

Earlier this month, in response to the COVID-19 emergency, the Colorado Department of Public Health and Environment (CDPHE) issued a number of Public Health Orders that have limited normal business and employment for many in the state. These directives from the DOI will allow people to keep their insurance and should also help Colorado’s restaurants and their employees.

 

“The more we can free up the market and allow people to safely earn a living during this critical time, the better,” said Gov. Jared Polis. “I’m hopeful that some of those who lost their jobs when restaurants closed can now earn additional money working delivery while as a state we get past these difficult restrictions as soon as is scientifically possible.”

 

“Expanding safe opportunities for work is critical,” said Colorado Insurance Commissioner Michael Conway. “As people lose hours, get laid off or lose their jobs, holding onto their employer-sponsored health insurance and paying their auto or homeowners insurance premiums becomes more difficult. In addition to reducing red tape around insuring drivers, we are also calling on insurance companies to show flexibility and work with Coloradans to help them keep their insurance during the COVID-19 crisis.”  

 

Removing Restrictions on Auto Insurance for Drivers for Restaurant Delivery

Public Health Order 20-22 has closed all restaurants and other places offering food or beverages to be consumed on-site. And even with the Governor’s stay-at-home order from March 25, delivery and takeout from restaurants is not impacted. With these orders, it is expected that many restaurants will now look to employees who do not typically deliver food to do just that, but using their own cars. In an effort to protect these workers and their vehicles, the DOI’s emergency regulation 20-E-03 removes restrictions on two different types of auto insurance for the duration of Public Health Order 20-22. 

  • For restaurants that already have commercial automobile policies for drivers, the regulation allows those policies to cover new, unnamed drivers that will be put into delivery service during the COVID-19 emergency. 

  • If a restaurant does not have a commercial policy, the regulation allows employees to use their own personal auto insurance for their vehicle. The regulation removes the restriction for the restaurant employee’s personal insurance that would usually prevent commercial activity like food delivery. 

  • However, the regulation does not apply to workers who regularly deliver food or who work for other services not impacted by the restaurant closure that was part of Public Health Order 20-22.

Restaurant owners are encouraged to contact their insurance agents, brokers or companies to discuss additional coverage riders and other options that could offer more protection for their workers and their businesses. Such options could prove useful even after the COVID-19 emergency. 

 

Flexibility and Accommodations on Premiums and Continuing Insurance Coverage

The Division has also issued two bulletins directing insurance companies working in Colorado to provide flexibility and reasonable accommodations to policyholders in paying their premiums and continuing coverage. 

 

Employer-Provided Health Insurance

Bulletin B-4.105 directs health insurance companies that provide policies to small and large employers to be flexible in working with those employers regarding premium payments. It also directs insurers to work with the employers around any provisions in those policies that could hurt the eligibility of employees for the health insurance or their ability to continue that coverage if laid off, furloughed or have their hours cut as a result of work restrictions related to COVID-19. 

 

Health insurance companies are directed to give employers options such as extending grace periods, deferring premium payments, accepting partial payments or placing a moratorium on cancelling coverage due to non-payment. Such options will allow coverage to continue for the employees and their families and allow employers to focus on their businesses. 

 

In addition, the insurance companies are directed to make accommodations for employers regarding provisions and restrictions that could impact employees’ health insurance coverage or the ability to continue coverage. These would be provisions such as: requirements regarding the number of employees participating in an employer’s plan, eligibility requirements tied to the number of hours worked (including part-time or seasonal restrictions), requirements regarding employer contributions to premiums, and restrictions on employees that may have initially declined an employer’s health insurance.

 

On top of this, the Insurance Commissioner strongly encourages the insurance companies to waive requirements that employees would have to be enrolled in an employer’s health plan for a required length of time before becoming eligible for continuation, or that continuation would only apply to certain classes of employees, such as full-time employees. 

 

Insurance companies are to make these accommodations available to employers for as long the Public Health Orders are in effect. 

 

Bulletin B-4.105 only pertains to health insurance companies’ employer policies that fall under the regulation of the Colorado Division of Insurance. Employers with self-funded health plans are not regulated by the Division, as such plans are regulated at the Federal level. However, self-funded employers are required to comply with federal Consolidated Omnibus Budget Reconciliation Action (COBRA) requirements around continued group health coverage. The Division strongly encourages employers that have self-funded health plans to request that the third-party administrators of their health plans comply with state and federal guidance, including the Division’s directives.

 

Property and Casualty Insurance

Bulletin B-5.38 directs property and casualty insurance companies (such as auto or homeowners insurance) to make reasonable accommodations to prevent individuals and businesses from losing their insurance coverage because of non-payment of their premiums.

 

Reasonable accommodations may include such things as: suspension of premiums, extension of billing due dates, extension of premium grace periods for the duration of the emergency, and waiver of installment and late payment fees. In addition, the Division directs property and casualty insurers to stop any non-renewals (when an insurance company chooses to not renew a policy at the end of a period). Such accommodations are to remain available to Colorado policyholders as long the Public Health Orders are in effect. 

 

“In times like these, we all have to step up and come together as a community and a country,” said Commissioner Conway. “We are certainly asking our insurance companies to do that and I’m confident they will answer our call.”

 

Consumers with questions about these directives and how they impact their policies can contact the Division of Insurance - 303-894-7490 / 800-930-3745 / DORA_Insurance@state.co.us

 

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Los trabajadores de Restaurantes pueden ahora entregar comida con menos trámites burocráticos y atrasos en los seguros

 

Las acciones buscan aumentar oportunidades seguras para los trabajadores de restaurantes, protegiendo el seguro de salud de los empleadores y los seguros de propiedad y accidentes.

DENVER - La División de Seguros de Colorado (DOI), que forma parte del Departamento de Agencias Reguladoras (DORA), está tomando acciones para proteger a los consumidores de seguros de Colorado y reducir retrasos en los seguros de los restaurantes y sus trabajadores durante la emergencia de salud pública del COVID-19.

A principios de este mes, en respuesta a la emergencia del COVID-19, el Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado (CDPHE) emitió varias órdenes de salud pública que han limitado la operación normal de negocios y al empleo para muchos en el estado. Estas directivas del DOI le permitirán a las personas conservar su seguro y también deberían ayudar a los restaurantes de Colorado y a sus empleados.

"Cuanto más podamos liberar el mercado y permitir que las personas se ganen la vida de manera segura durante este momento crítico, mejor", dijo el Gobernador Jared Polis. "Tengo la esperanza de que algunos de los que perdieron sus empleos cuando los restaurantes cerraron, ahora puedan ganar dinero adicional trabajando en la entrega a domicilio al tiempo que, como estado, vamos más allá de estas difíciles restricciones tan pronto como sea científicamente posible".

“Expandir oportunidades de trabajo seguro es crítico,” dijo el comisionado de Seguros de Colorado Michael Conway. “A medida que las personas pierden horas, se despiden o pierden sus trabajos, el aferrarse a su seguro de salud patrocinado por el empleador y pagar sus primas de seguro de automóvil o de vivienda se torna más difícil. Además de reducir la burocracia en torno a los seguros de los conductores, también le estamos pidiendo a las compañías de seguros que muestren flexibilidad y trabajen con los residentes de Colorado para ayudarlos a mantener su seguro durante la crisis de COVID-19 ".

Se eliminan las restricciones en el seguro de automóviles para conductores para la entrega en restaurantes.-

La Orden de Salud Pública 20-22 ha cerrado todos los restaurantes y otros lugares que ofrecen alimentos o bebidas para ser consumidos dentro de sus instalaciones. Incluso con la Orden de Quedarse en Casa del Gobernador a partir del 25 de marzo, la entrega y la comida para llevar de los restaurantes no se ven afectadas. Con esta orden, se espera que muchos restaurantes ahora busquen empleados que normalmente no entregan comida a domicilio a que hagan precisamente eso, pero que usen sus propios automóviles. En un esfuerzo por proteger a estos trabajadores y a sus vehículos, la regulación de emergencia 20-E-03 del DOI elimina las restricciones sobre dos tipos diferentes de seguro de auto durante la duración de la Orden de Salud Pública 20-22.

 

  • Para los restaurantes que ya tienen pólizas de automóviles comerciales para conductores, la regulación permite que esas pólizas cubran conductores nuevos y no-nombrados que se pondrán en servicio de entregas a domicilio durante la emergencia de COVID-19.

  • Si un restaurante no tiene una política comercial, la regulación le permite a los empleados usar su propio seguro de automóvil personal para su vehículo. La regulación elimina la restricción para el seguro personal del empleado del restaurante que usualmente evitaría actividades comerciales tales como la entrega de alimentos.

  • Sin embargo, la regulación no se aplica a los trabajadores que regularmente entregan alimentos o que trabajan para otros servicios que no se hayan visto afectados por el cierre del restaurante que fue parte de la Orden de Salud Pública 20-22.

Se alienta a los propietarios de restaurantes a contactar a sus agentes de seguros, corredores o compañías para hablar sobre cobertura adicional para pasajeros y otras opciones que pudieran ofrecer más protección para sus trabajadores y sus negocios. Dichas opciones podrían resultar útiles incluso después de la emergencia del COVID-19.

Flexibilidad y adaptaciones en primas de seguros y en la continuidad de la cobertura.

La División también emitió dos boletines dirigiendo a las compañías de seguros que trabajan en Colorado a que proporcionen flexibilidad y adaptaciones razonables a los asegurados en el pago de sus primas y la cobertura continua.

Seguro de salud provisto por el empleador

Boletín B-4.105 le dirige a las compañías de seguros de salud que brindan pólizas a pequeños y grandes empleadores a que sean flexibles al trabajar con esos empleadores en relación con sus pagos de primas. También le marca directrices a las aseguradoras a que trabajen con los empleadores en torno a cualquier disposición prevista en esas políticas que pueda resultar perjudicial a la elegibilidad de los empleados para el seguro de salud o su capacidad de continuar con esa cobertura si son despedidos, suspendidos o se les recortan sus horas de trabajo como resultado de las restricciones laborales relacionadas al COVID-19.

A las compañías de seguros de salud se les ha marcado la directriz de brindar a los empleadores opciones tales como extender los períodos de gracia, diferir los pagos de las primas, aceptar pagos parciales o en poner una moratoria en la cancelación de la cobertura debido a falta de pago. Dichas opciones permitirán que continúe la cobertura para los empleados y sus familias y le permitirá a los empleadores que puedan concentrarse en sus negocios.

Además, las compañías de seguros tienen instrucciones de hacer adaptaciones para los empleadores con respecto a las disposiciones y restricciones que podrían afectar la cobertura de seguro de salud de los empleados o la capacidad de continuar la cobertura. Estas serían disposiciones tales como: requisitos con respecto a la cantidad de empleados que participan en el plan de un empleador, requisitos de elegibilidad vinculados a la cantidad de horas trabajadas (incluidas las restricciones a tiempo parcial o estacionales), requisitos con respecto a las contribuciones del empleador a las primas y restricciones a los empleados que pudieron haber declinado inicialmente un seguro de salud del empleador.

Además de esto, el Comisionado de Seguros alienta fuertemente a las compañías de seguros a que omita o renuncie a los requisitos de que los empleados tengan que estar inscritos en el plan de salud de un empleador durante un período de tiempo requerido antes de ser elegibles para la continuación, o que esa continuación solo se aplique a ciertas clases de empleados, tales como empleados de tiempo completo.

Las compañías de seguros deben de hacer disponibles estas adaptaciones a los empleadores en tanto que las Órdenes de Salud Pública estén vigentes.


Boletín B-4.105 solo se refiere a las políticas del empleador de las compañías de seguros de salud que se encuentran bajo la regulación de la División de Seguros de Colorado. Los empleadores con planes de salud auto-financiados no están regulados por la División, ya que dichos planes están regulados a nivel federal. Sin embargo, los empleadores auto-financiados deben cumplir con los requisitos federales de la Acción de Reconciliación Presupuestal Consolidada Omnibus (COBRA) en torno a la cobertura de salud grupal continua. La División alienta firmemente a los empleadores que tienen planes de salud auto-financiados a solicitar que los administradores de terceros de sus planes de salud cumplan con la orientación estatal y federal, incluidas las directivas de la División.


Seguro de la Propiedad y accidentes 

Boletín B-5.38direcciona a las compañías de propiedad y de accidentes (como auto y de propiedad) a hacer ajustes razonables para prevenir que los individuos y los negocios pierdan su cobertura de seguro por no pagar sus pólizas.

 

Ajustes razonables podrían incluir: suspensión de premiums, extensión de la fecha límite de pago, extensión de los períodos de gracia por el período de la emergencia y una exención de multas por pagos tardío.  Además la División direcciona a los de seguros de propiedad y de accidentes a parar cualquier no-renovación (cuando una compañía de seguros decide no renovar una póliza al final de un período). Estos ajustes deben permanecer disponibles para los asegurados durante la vigencia de la Orden de Salud Pública. 

 

“En estos tiempos, tenemos que unirnos como comunidad y como país”, dijo el Comisionado, Conway. “Estamos pidiéndole a las compañías de seguros que lo hagan y tengo la confianza de que atenderán a nuestra llamada”.  

 

Consumidores con preguntas sobre estas direcciones y el impacto pueden contactar a la División de Seguros - 303-894-7490 / 800-930-3745 / DORA_Insurance@state.co.us

 

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